Ricardo Cisneros

DERECHO A LA INFORMACIÓN

Por Ricardo Cisneros
Impresion Publicado el 08 de marzo 2010

Los ataques a la libertad de expresión son otros de los efectos colaterales de la emergencia nacional. Es del dominio popular el temor, comprensible, que sofoca a los medios de comunicación; así como el reproche que les hizo el presidente Calderón, porque difunden más, y gratuitamente,  los delitos que las publicaciones gubernamentales; y la satanización a las redes sociales de la Internet por algunas autoridades y comentaristas porque a su juicio comunican rumores falsos y alarmistas. 

El resultado es el menoscabo de la libertad de expresión que inevitablemente redunda en perjuicio del derecho a la información. Dicha libertad está  consagrada en los artículos 6º y 7º constitucionales y en el 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en los siguientes términos generales: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial ni administrativa. Es inviolable la libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia. Todos tienen derecho de investigar, recibir y difundir informaciones y opiniones por cualquier medio de expresión”. Esas normas nutren las leyes de transparencia e información.

El derecho a la información, como norma jurídica, atribuye derechos e impone obligaciones tanto al sujeto activo, que es el informador, como al pasivo, en cuanto receptor, que es quien recibe los mensajes. El primero tiene el derecho y la obligación de buscar, investigar y difundir los hechos noticiosos; el segundo el derecho a ser enterado  de manera oportuna, veraz y objetiva; así como la obligación general de utilizar la información responsablemente.

Informar es enterar o dar noticia de los hechos para que el informado adquiera los conocimientos verdaderos y construya su criterio; el cual deberá de emplear para juzgar a los actores, valorar los hechos y normar sus propias acciones. Así, mediante el ciclo de la información, configurado por la difusión de la noticia; la recepción y la valoración, se entabla un dialogo virtual colectivo que contribuye, en gran parte, a formar la conciencia ciudadana. 

Por tal, el derecho a la información es una condición para la existencia de la democracia. Entendida, ésta, como el sistema político adecuado para que opere el estado de derecho, la transparencia gubernamental y la rendición de cuentas; y que además permite y alienta la convivencia pacífica y armónica tanto de individuos como de grupos con diferentes formas de pensamiento y actuación.

El gobierno para paliar la alarma social y los rumores catastróficos debería de garantizar la seguridad de los periodistas y difundir información técnica,  oportuna y precisa. Y no caer en la tentación, con el pretexto de la seguridad pública, de limitar la libertad de expresión mediante la imposición de silencio a los medios y la descalificación de las redes sociales. La falta de información, o la adulteración deliberada, equivalen a tratar de imponer una visión de Estado que sustituya a la realidad.

El contenido y la ortografía de este articulo es responsabilidad del autor.
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